Abogados separaciones

Abogados de familia expertos en separaciones en Mallorca

Nuestra experiencia como abogados matrimonialistas en Palma de Mallorca nos permite ofrecer un asesoramiento completo y personalizado

Si quieres poner fin a tu matrimonio puedes optar entre separación matrimonial o disolución matrimonial (divorcio).

A través de la separación matrimonial, los cónyuges ponen fin a su vida en común, iniciando vidas separadas, pero el vínculo matrimonial sigue existiendo.

Si optas por la separación matrimonial:

  • No podrás contraer nuevo matrimonio con una tercera persona.
  • En caso de reconciliación con tu ex-cónyuge, durante el proceso judicial o después de la sentencia de separación, bastará que lo pongas en conocimiento del Juez.

Sin embargo, a través de la disolución matrimonial o divorcio se rompe el vínculo matrimonial. Si te decides por el divorcio:

  • Sí podrás contraer matrimonio civil con terceras personas.
  • En caso de reconciliación con tu ex-cónyuge, durante el proceso judicial, bastará que lo pongas en conocimiento del Juez.
  • Si decides reconciliarte, después de la sentencia de divorcio, tendréis que contraer nuevo matrimonio por la vía civil.
    Actualmente, la mayoría de los matrimonios optan por el divorcio.

Causas de separación matrimonial

Puedes separarte sin necesidad de justificar el motivo de la ruptura.

Actualmente, queda consagrado el principio de libertad de los cónyuges en el matrimonio y se suprimen las causas de separación.

La simple voluntad de uno de los cónyuges de no continuar con el matrimonio es causa suficiente para obtener la separación matrimonial.
El único requisito que se exige es que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.

No será preciso que transcurra este plazo cuando se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.

Formas de separación matrimonial

Separación judicial

Si tienes hijos menores de edad no emancipados o con lo capacidad modificada judicialmente tendrás que optar por la separación judicial.

La separación judicial del matrimonio podrá ser, a su vez, de mutuo acuerdo o contenciosa.

Ventajas de la separación judicial de mutuo acuerdo

Si estás de acuerdo con tu cónyuge para iniciar el procedimiento judicial de separación matrimonial, tendréis las siguientes ventajas:

  1. El procedimiento judicial será más corto.
  2. Podéis solicitar la separación de mutuo acuerdo los dos o uno con el consentimiento del otro.
  3. Solo se presenta una demanda.
  4. El coste será menos elevado, ya que, ambos cónyuges podéis estar representados y asistidos por un solo Procurador y Letrado.

En el supuesto de no llegar a un acuerdo con tu cónyuge, deberás presentar demanda de separación contenciosa.

En este caso, serán mayores los inconvenientes:

  1. El procedimiento judicial será más largo.
  2. Deberás presentar demanda de separación matrimonial contenciosa.
  3. El cónyuge demandado presentará contestación a la demanda, a la que se acompañarán los documentos que acrediten su pretensión.
  4. El coste será más elevado, ya que cada cónyuge estará representado por su propio Letrado y Procurador: dos Letrados y dos Procuradores diferentes.

En ambos casos, se decretará la separación matrimonial y se adoptarán las medidas más adecuadas para el interés superior del menor.

Estamos en constante formación tanto en técnicas de negociación, como en las últimas novedades legales y jurisprudenciales, para poder ofrecerte el mejor asesoramiento en la negociación de tu convenio de separación, divorcio o ruptura de pareja de hecho.

En ocasiones no es posible alcanzar un acuerdo extrajudicial y debemos acudir a los Juzgados de Familia para plantear un procedimiento judicial contencioso (donde se decidirán las medidas de las separaciones, divorcios, guarda individual o compartida de los menores, pensiones de alimentos, compensatorias, pensiones por desequilibrio económico y/o patrimonial, división judicial del patrimonio). En Castell Abogadas, lucharemos a tu lado por tus derechos con decisión, entrega, valentía, honestidad y profesionalidad.

Colaboramos con excelentes profesionales necesarios muchas veces para dar una mejor solución a tu caso o para ayudarte en el difícil proceso de ruptura: los mejores Psicólogos especializados en menores, Mediadores, Peritos etc. Disponemos de las mejores herramientas para obtener el mejor resultado. 

Si a consecuencia de la ruptura surgen cuestiones penales te ayudaremos con nuestros abogados penalistas.

Están especializados en actuar como acusación o como defensa en este tipo de delitos, tales como, delito de sustracción de menores, abandono de familia, delitos de incumplimientos de obligaciones familiares, delitos relacionados con la violencia doméstica (donde solicitaremos si es necesario una orden de protección y medidas civiles para la protección de la víctima y los menores), coacciones, o el tan novedoso delito de acoso o stalking, etc.

Por último en relación a la separación, destacar que el artículo 81 del Código Civil establece que se decretará judicialmente la separación, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, siempre que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio. Deberá solicitarlo uno de los cónyuges con el consentimiento del otro o ambos de común acuerdo. En el caso de solicitarlo un cónyuge unilateralmente, el plazo sigue siendo de tres meses. Incluso el plazo puede ser inferior en el caso de que en el momento de presentación de la demanda exista un riesgo para la vida, integridad física, libertad, integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o cualquiera de los miembros del matrimonio.

Siempre se debe acompañar junto a la demanda, una propuesta fundada de las medidas que hayan de regular los efectos derivados de la separación.

Por último, uno de los efectos diferentes respecto al divorcio, según el artículo 84 del Código Civil, es el hecho de la reconciliación, ya que en el caso de estar separados los cónyuges y se reconcilien, se dejará sin efecto lo resuelto en dicho procedimiento, salvo las medidas en relación a los hijos, sobre los cuales siempre prevalecerá el interés público, y si existe una causa que lo justifique, serán mantenidas las mismas.

Si precisa de abogados de familia estamos especializados en separaciones y divorcios y preparados para ofrecerte el mejor asesoramiento.

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