Abogados especialistas en delitos de alcoholemia

Abogados especialistas en delitos de alcoholemia en Palma de Mallorca

Somos abogados especializados en defensa penal por alcoholemias

¿Le han parado en un control de alcoholemia, ha superado la tasa de alcohol permitida legalmente y tiene una citación del Juzgado donde se le imputa un delito contra la seguridad vial?

No se preocupe, seguro que lo podemos defender.

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Damos soluciones a todos nuestros clientes que han cometido un delito de alcoholemia.

Este Despacho dispone de abogados especialistas en alcoholemias en Palma, con atención preferente en defensas penales por alcoholemias, producidas tanto en Palma de Mallorca como en cualquier otro punto de España, pudiendo llegar a conformidades con reducciones importantes en las penas.

abogados especialistas en alcoholemias en Palma de Mallorca

Conforme a la reforma establecida en la LO 15/2007 de 30 de noviembre y la LO 5/2010 de 22 de junio, se incurre en Delito contra la Seguridad en el Tráfico por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso con la privación del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior de 1 y hasta 4 años (ídem, conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas).

En cuanto a los límites legales de las tasas de alcohol para poder conducir (en sangre o en aire expirado: 0,5 grs/por litro de sangre, 0,25 mgrs/por litro de aire expirado; estas tasan bajan para conductores de vehículos de transporte de mercancías y transportes de viajeros).

Se debe señalar que en todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre de superior a 1,2 gramos por litro.

La negativa a someterse a las pruebas de comprobación tasa alcoholemia, se penaliza con prisión de 6 meses a 1 año y privación del permiso de conducir por tiempo superior de 1 hasta 4 años.

Se comete un Delito contra la Seguridad en el Tráfico cuando se conduce:

– Con temeridad manifiesta o si se origina grave riesgo para la circulación.

– Exceso de velocidad.- “Velocidad superior, en 60 km/h. en vía urbana o en 80 Km/h en vía interurbana, a la permitida reglamentariamente” (Se penaliza con las mimas penas que cuando se conduce con alcoholemia).

– Carnet de conducir.- Conducir en casos de pérdida del permiso o licencia por perdida total de puntos asignados; conducir tras haber sido privado cautelar o de definitivamente del permiso por decisión judicial; conducir sin haber obtenido nunca el permiso o licencia de conducción (se penaliza con prisión o multa y trabajos en beneficio de la comunidad).

Muchos de estos procedimientos acaban realizándose mediante juicio rápido. Pero no se preocupe, nuestros especialistas en alcoholemia también son abogados especialistas en juicios rápidos por alcoholemias.

¿Tiene alguna duda? ¿Le podemos ayudar?

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